La incorporación de los denominados "Medios Adecuados de Solución de Controversias en vía no jurisdiccional" (MASC) es —seguramente— el eje más agresivo de la reforma procesal realizado por la LO 1/2025, por cuanto desvirtúa la naturaleza originariamente «voluntaria» de la Justicia extrajudicial (a la que tantos apellidos, todos ellos esperanzadores, se le llevan otorgado: colaborativa, deliberativa, terapéutica, amistosa, restaurativa, diversificada, poliédrica, desjudicializada, externalizada, multipuertas, etc.) para convertirla en un (auténtico) presupuesto de procedibilidad o (implacable) condicionante de acceso a la Justicia (ahora contenciosa) civil dispositiva.
Catedrática de Derecho procesal de la UNED. Decana de la Facultad de Derecho de la UNED. Co-directora de Actualidad Civil Aranzadi LA LEY. Miembro del Consejo Asesor de Aranzadi LA LEY
Catedrático Derecho Procesal (Universidad de Barcelona)
Catedrática Derecho Procesal (Universidad de Sevilla)
Catedrático (A) Procesal (Universidad del País Vasco-Euskal Herriko Unibertsitatea).